Fuero de Albarracín

Ordenamiento jurídico local de la ciudad de Santa María de Albarracín y su Comunidad , en gran parte adaptación del Fuero de Teruel. El Privilegio más antiguo conocido es el de 7-VII-1260, concedido por doña Teresa Álvarez de Azagra, señora de Albarracín, quien alude a fueros y buenas costumbres concedidas por su padre, don Pedro, y su abuelo, don Álvaro. Al repoblar la ciudad Pedro III en 1284, fecha en que la conquista a los Núñez de Lara sucesores de los Azagra, concede la carta que se había otorgado a la villa de Castiel (tal vez Castielfabib, villa situada entre Aragón y Castilla). Pedro IV ordena que los infanzones, condes o potestades, tengan los mismos fueros y paguen las mismas penas o caloñas que los vecinos. La legislación se adapta a la de Teruel, de forma que el Fuero de Albarracín es el Fuero de Teruel, conocido como fueros de Sepúlveda, y de Extremadura, la carta de población de Castiel y diversos privilegios reales. En 1598, juntamente con Teruel y la villa de Mosqueruela, la ciudad de Santa María de Albarracín y su comunidad se incorporan a los Fueros generales de Aragón, renunciando a su foralidad propia.


Información procedente de la Gran Enciclopedia Aragonesa: Fuero de Albarracín. (2021, abril 27). En Gran Enciclopedia Aragonesa. Fuente: enciclopedia-aragonesa.com

Autor/a:
Anónimo

Fecha/Calendata:
S. XIV

Fuente principal/Fuen prenzipal:
Manuscrito original, copia digital:
Biblioteca Digital Hispánica. (2021). Fuero de Albarracín. Fuente: bdh-rd.bne.es

Características/Carauteristicas:
Descripción física:
183 h. (2 col., 34 lín.) : perg. y papel; il. ; 28 x 23 cm

Letra:
gótica.

Fuente: Biblioteca Nacional de España.

Otras fuentes/Atras fuens:
Transcripción:
Riba y García, C. (1915). Carta de población de la ciudad de Santa María de Albarracín según el códice romanceado de Castiel existente en la Biblioteca Nacional de Madrid. Estudio preliminar y transcripción. Tipografía de Pedro Carra. Fuente: derechoaragones.es

Estudios:
Salas Ausens, J. (Ed.) y Gorosch, M. (2007). Tiempo de derecho foral en el sur aragonés: los fueros de Teruel y Albarracín. (Tomos I y II). Justicia de Aragón.

Castán Esteban, J.L. (2006). Los Fueros de Albarracín, REHALDA, 3, 47-52. Fuente: dialnet.unirioja.es

Nagore Laín, F. (2007). Aspectos lingüísticos de la redacción romance de los fueros de Teruel y Albarracín en comparación con otros textos medievales en aragonés. En Tiempo de derecho foral en el sur aragonés: los fueros de Teruel y Albarracín. Justicia de Aragón. Fuente: derechoaragones.es

Localización/Localizazión:
Biblioteca Nacional de España.
Signatura: MSS/7812.