Conquistada hacia 1169, en 1174 el rey Alfonso II dona la villa y sus términos al Conde don Rodrigo Gonzálvez. Les fue concedido por este conde a los habitantes de Alfambra carta puebla y fuero entre 1174 y 1176, si bien se añadió posteriormente una concordia firmada en 1232 -fecha en que el fuero es aprobado y confirmado por el Justicia de Aragón- y aún hay adiciones posteriores en 1247. De esas fechas deben de proceder las redacciones romances. Se conserva en tres códices conocidos: uno hallado en Zaragoza y dos en Madrid. En los tres la redacción está en Aragonés, a pesar de lo que dice su editor.
Fuero de Alfambra
Nagore Laín, F. (2007). Aspectos lingüísticos de la redacción romance de los fueros de Teruel y Albarracín en comparación con otros textos medievales en aragonés. En Tiempo de derecho foral en el sur aragonés: los fueros de Teruel y Albarracín. Justicia de Aragón.http://www.derechoaragones.es/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=200772&idBusqueda=308&posicion=1&presentacion=pagina